°. Modifíquese el artículo 2.2.1.2.1.6 de la Sección 1 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1067 de 2015, el cual quedará así: Artículo 2.2.1.2.1.6. Jamaica . Fíjense las circunscripciones para la Oficina Consular acreditada en Jamaica. • Kingston. Jamaica, Antigua y Barbuda, Federación de San Cristóbal y Nieves, Islas Caimán, Mancomunidad de Dominica, Mancomunidad de las Bahamas y Santa Lucía.
Decreto 1620 de 2016 →Vigente
Artículo 2
Modifíquese El Artículo 2
Decreto 1620 de 2016 · por medio del cual se modifican parcialmente algunas disposiciones relativas a las concurrencias de las Misiones Diplomáticas y las Circunscripciones de las Oficinas Consulares de Colombia acreditadas en el exterior, de que tratan los CapÃtulos 1 y 2 del TÃtulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1067 de 2015.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.