Micelio

Artículo 12

Obligaciones De Los Empleados Con Respecto A La Capacitación

Decreto 1567 de 1998 · por el cual se crean el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones de los empleados con respecto a la capacitación. El empleado tiene las siguientes obligaciones en relación con la capacitación

a)

Participar en la identificación de las necesidades de capacitación de su dependencia o equipo de trabajo;

b)

Participar en las actividades de capacitación para las cuales haya sido seleccionado y rendir los informes correspondientes a que haya lugar;

c)

Aplicar los conocimientos y las habilidades adquiridos para mejorar la prestación del servicio a cargo de la entidad;

d)

Servir de agente capacitador dentro o fuera de la entidad, cuando se requiera;

e)

Participar activamente en la evaluación de los planes y programas institucionales de capacitación, así como de las actividades de capacitación a las cuales asista;

f)

Asistir a los programas de inducción o reinducción, según su caso, impartidos por la entidad. T I T U L O II SISTEMA DE ESTIMULOS PARA LOS EMPLEADOS DEL ESTADO CAPITULO I Disposiciones generales del sistema de estímulos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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