Micelio

Artículo 7

Son Funciones Del Area Administrativa, La Siguientes: 1 º Coordinar Y Ejecutar Con Las Dependencias Del Nivel Central Del Departamento, Las Actividades Relacionadas Con La Administración De Personal De La Regional, De Conformidad Con Los Lineamientos Y Disposiciones Sobre La Materia; 2 º Dirigir Y Controlar La Prestación De Los Servicios Generales De La Regional; 3 º Coordinar El Desarrollo De Los Programas De Capacitación Y Bienestar Social En La Regional, De Acuerdo Con Las Pauta Que Se Establezcan A Nivel Central; 4 º Elaborar Los Programas De Compras Que Se Requieran Para El Buen Funcionamiento De La Regional; 5 º Coordinar Y Controlar Las Labores Que Se Desarrollen En El Área; 6 º Tra Mitar A Los Empleados Designados Por Desempeñar Cargos En La Regional; 7 º Tramitar Oportunamente Las Novedades Laborales Y Hacer Cumplir Las Normas Legales Y Reglamentarias Internas Relativas Al Manejo De Personal; 8 º Llevar Los Registros, El Control Y Las Estadísticas Del Personal De La Regional; 9 º Atender La Prestación De Los Servicios Relacionados Con El Mantenimiento, Reparación Y Aseo De Los Equipos De Oficina, Instalaciones Y Enseres De La Regional; 10 º Vigilar El Correcto Funcionamiento Y Suministro De Los Servicios De Energía, Agua, Luz Y Teléfono De La Regional; 11º Responder Por La Distribución Y Correcta Utilización De Los Elementos Requeridos Para El Normal Funcionamiento De La Regional; 12 º Recibir, Clasificar, Radicar Y Distribuir La Correspondencia De La Regional; 13 º Llevar Técnicamente El Archivo De La Regional Y Actualizarlo Oportunamente; 14 º Elaborar Y Mantener Actualizados Los Inventarios De Los Elementos Que Se Encuentren En Las Diferentes Instalaciones De La Regional, Y 15 º Las Demás Que Le Sean Asignadas O Corresponda Por Ley, Decreto O Reglamento

Decreto 3559 de 1981 · Por el cual se reglamenta la Ley 24 de 1981, en especial los artículos 3° y 40

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son funciones del Area Administrativa, la siguientes: 1 º Coordinar y ejecutar con las dependencias del nivel central del Departamento, las actividades relacionadas con la administración de personal de la regional, de conformidad con los lineamientos y disposiciones sobre la materia; 2 º Dirigir y controlar la prestación de los servicios generales de la regional; 3 º Coordinar el desarrollo de los programas de capacitación y bienestar social en la regional, de acuerdo con las pauta que se establezcan a nivel central; 4 º Elaborar los programas de compras que se requieran para el buen funcionamiento de la regional; 5 º Coordinar y controlar las labores que se desarrollen en el área; 6 º Tra mitar a los empleados designados por desempeñar cargos en la regional; 7 º Tramitar oportunamente las novedades laborales y hacer cumplir las normas legales y reglamentarias internas relativas al manejo de personal; 8 º Llevar los registros, el control y las estadísticas del personal de la regional; 9 º Atender la prestación de los servicios relacionados con el mantenimiento, reparación y aseo de los equipos de oficina, instalaciones y enseres de la regional; 10 º Vigilar el correcto funcionamiento y suministro de los servicios de energía, agua, luz y teléfono de la regional; 11º Responder por la distribución y correcta utilización de los elementos requeridos para el normal funcionamiento de la regional; 12 º Recibir, clasificar, radicar y distribuir la correspondencia de la regional; 13 º Llevar técnicamente el archivo de la regional y actualizarlo oportunamente; 14 º Elaborar y mantener actualizados los inventarios de los elementos que se encuentren en las diferentes instalaciones de la regional, y 15 º Las demás que le sean asignadas o corresponda por ley, decreto o reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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