El Ministerio De Salud O La Autoridad Delegada Expedirá A Cada Lote O Cargamento De Alimentos De Exportación, El Certificado Sanitario Para Exportación Correspondiente, Previa Inspección Y Análisis Del Cargamento
Decreto 2333 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la ley 9ª de 1979, en cuanto a las condiciones sanitarias de las fábricas, depósitos y expendios de alimentos; de los alimentos; del transporte y la distribución de los mismos, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Ministerio de Salud o la autoridad delegada expedirá a cada lote o cargamento de alimentos de exportación, el certificado sanitario para exportación correspondiente, previa inspección y análisis del cargamento.
Parágrafo
Los costos de los análisis que se requieran para la exportación de alimentos serán asumidos por el exportador. Documentación para expedir certificados de inspección sanitaria para la exportación de alimentos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.