Micelio

Artículo 1

El Instituto Geográfico "agustín Codazzi", De Conformidad Con El Artículo 25 Del Decreto Extraordinario Número 1050 De 1968 Y Con El Artículo 16 Del Decreto Número 3130 Del Mismo Año, Estará Dirigido Por Una Junta Directiva Que Sustituye Al Comité Ejecutivo Y A La Junta Administradora Previstos En Los Decretos Números 0290 De 1957 Y 0622 De 1958, Por Un Director General Y Por Los Demás Funcionarios Que Determinen Los Actos Pertinentes De La Junta

Decreto 151 de 1969 · por el cual se dictan unas normas sobre el funcionamiento del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", de conformidad con el artículo 25 del Decreto extraordinario número 1050 de 1968 y con el artículo 16 del Decreto número 3130 del mismo año, estará dirigido por una Junta Directiva que sustituye al Comité Ejecutivo y a la Junta Administradora previstos en los Decretos números 0290 de 1957 y 0622 de 1958, por un Director General y por los demás funcionarios que determinen los actos pertinentes de la Junta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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