Micelio

Artículo 11

Ley Seca

Decreto 821 de 1998 · por el cual se dictan normas para la conservación del orden público durante el período de elecciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ley seca. Queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día viernes 29 de mayo hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 1° de junio de 1998. Las infracciones a lo dispuesto en este artículo, serán sancionadas por los alcaldes e inspectores de policía, de acuerdo con lo previsto en los respectivos Códigos de Policía.

Parágrafo

Los gobernadores, de conformidad con lo decidido en el consejo departamental de seguridad de que trata el artículo l° del Decreto 2615 de 1991, podrán ampliar el término previsto en este artículo, para prevenir posibles alteraciones del orden público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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