Micelio

Artículo 3

Adiciónese Un Parágrafo 4º Al Numeral 1, Y Un Parágrafo 2º Al Numeral 2, Del Artículo 2

Decreto 567 de 2016 · por el cual se modifican algunos artículos del Capítulo II, del Título I, de la Parte 4, del Libro 2, del Decreto 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adiciónese un

Parágrafo 4

al numeral 1, y un

Parágrafo 2

al numeral 2, del artículo 2.4.1.2.11, del Capítulo 2, del Título 1, de la Parte 4, del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, el cual quedará así: “1. En virtud del riesgo .

Parágrafo 4

°. La Unidad Nacional de Protección y la Policía Nacional establecerán internamente los mecanismos para la realización de estudios de seguridad a instalaciones, en relación con las poblaciones objeto, definidas en el presente capítulo”. “2. En virtud del cargo .

Parágrafo 2

°. La Policía Nacional, podrá bajo la suscripción de instrumentos de cooperación o convenios, prestar el servicio de seguridad en las instalaciones gubernamentales, así como en aquellas de carácter diplomático, estableciendo internamente los mecanismos para prestar el servicio.

Parágrafo 4

al numeral 1, y un

Parágrafo 2

al numeral 2 ) Artículo 2.4.1.2.11. DECRETO 1066 de 2015

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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