Los Planos, Presupuestos Y Especificaciones Para La Obra, Deberán Someterse A La Aprobación Del Ministerio De Obras Públicas, Lo Mismo Que El Contrato O Contratos Que Se Celebren Tanto Para La Elaboración De Aquellos Como Para La Construcción Del Edificio
Decreto 152 de 1940 · Por el cual se reglamentan los artículos 1°a 3° de la Ley 184 de 1938, sobre auxilio a la Casa de Limpiabotas de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Los planos, presupuestos y especificaciones para la obra, deberán someterse a la aprobación del Ministerio de Obras Públicas, lo mismo que el contrato o contratos que se celebren tanto para la elaboración de aquellos como para la construcción del edificio.
Parágrafo
El Ministerio de Obras Publicas podrá, si lo estima conveniente, elaborar y suministrar a la Sociedad los planos, presupuestos y especificaciones para la construcción de la obra.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.