Micelio

Artículo 3

Decreto 84 de 1887 · Sobre la primera liquidación de los presupuestos nacionales de Rentas y Gastos para el bienio económico de 1o de enero de 1887 a 31 de diciembre de 1888

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° El orden y preferencia de los gastos de la Administración pública en el bienio económico de 1887 á 1888, deben ser al tenor de lo dispuesto en el artículo respectivo de las disposiciones generales de la ley de Presupuestos nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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