Micelio

Artículo 5

Ley 11 de 1931 · Sobre reformas judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los negocios de que trata el artículo anterior serán repartidos solamente entre los Magistrados que forman la Sala de Negocios Generales.

El Magistrado a quien se reparta un negocio dictará los autos de sustanciación y los interlocutorios, y presentará el respectivo proyecto de sentencia definitiva, el cual será sometido a la aprobación de toda la Sala Civil mencionada.

Los autos de sustanciación serán apelables ante los demás Magistrados de la Sala de Negocios Generales y los interlocutorios ante el resto de los Magistrados que componen la Sala Plena sentencia­dora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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