Derogado
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.1.1.1.1.2.1. Objeto. La presente Subsección tiene por objeto establecer los parámetros técnicos con el objeto de definir los porcentajes de participación de las entidades territoriales que comparten yacimientos de recursos naturales no renovables en sus límites geográficos, y de esta forma liquidar la participación de dichas entidades territoriales en las regalías y compensaciones generadas por su explotación.
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