Necesitan aprobación del Gobierno los siguientes actos del Consejo Directivo
Determinar las modalidades y la extención de los distintos seguros a nuevos riesgos o contingencias, teniendo en cuenta la situación financiera del Instituto;
Fijar y modificar el número y el monto de cotizaciones necesarias para tener derecho a las prestaciones en cada seguro, y la proporción en que las cotizaciones deben contribuir al pago correspondiente;
Adoptar y reformar los reglamentos generales de cada seguro;
Adoptar y reformar los estatutos, y la planta de personal del Instituto y de las Cajas y Oficinas Seccionales. En los estatutos se clasificarán los servidores del Instituto en empleados públicos y en trabajadores oficiales;
Crear, suprimir y fusionar Oficinas Seccionales, de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto, y
Aprobar las adiciones al presupuesto financiero y los traslados presupuéstales de programa a programa.