Micelio

Artículo 4

º Clasificacion Personal De Los Establecimientos Publicos

Decreto 2701 de 1988 · por el cual se reforma el Régimen Prestacional de los empleados públicos y trabajadores oficiales de las entidades descentralizadas, establecimientos públicos o empresas industriales y comerciales del Estado, adscritos o vinculados al Ministerio de Defensa Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º CLASIFICACION PERSONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS. Por regla general, las personas que prestan sus servicios en los establecimientos públicos adscritos al Ministerio de Defensa Nacional son empleados públicos. No obstante lo anterior, los estatutos de cada organismo precisarán las actividades que pueden ser desempeñadas por personas vinculadas mediante contrato de trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2701 de 1988