Micelio

Artículo 1

Decreto 2653 de 1999 · por medio del cual se autoriza la expedicion de los bonos de reconocimiento del pasivo de cesantias de las universidades estatales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Autorización para expedir bonos. De conformidad con el artículo 57 de la Ley 413 de 1997, el artículo 50 de la Ley 482 de 1998 y las reglas del presente decreto, autorízase al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a expedir los bonos de reconocimiento del pasivo de cesantía de las universidades estatales u oficiales. Los bonos reconocen las obligaciones a cargo de la Nación a 31 de diciembre de 1997 por concepto de pasivos provenientes del auxilio de cesantía de los docentes no acogidos al sistema salarial y prestacional previsto en el Decreto 1444 de 1992, así como de los empleados administrativos y de los trabajadores oficiales que se trasladen o se hayan trasladado al régimen sin retroactividad previsto en la Ley 50 de 1990, y de quienes se hayan jubilado o retirado antes del 31 de diciembre de 1999, con el fin de facilitarle a las universidades estatales y oficiales la solución definitiva de los problemas relacionados con la cancelación de dichos pasivos laborales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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