Micelio

Artículo 4

Decreto 1506 de 1902 · Por el cual se fija remuneracion al trabajo nocturno en varias oficinas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 4.° Desde el primero del presente mes el sueldo fijo del primer ayudante de la sección de corte y sello será de $540 mensuales

Parágrafo

Quedan así reformadas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1506 de 1902