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Artículo 4

Las Personas Que En La Actualidad Se Encuentran Prestando Servicios En Los Cargos Creados Por El Artículo 3° Del Presente Decreto, No Necesitan De Nuevo Nombramiento Ni Posesión

Decreto 330 de 1939 · Por el cual se hace un nombramiento, se aclara un decreto y se crean unas plazas

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4° Las personas que en la actualidad se encuentran prestando servicios en los cargos creados por el artículo 3° del presente Decreto, no necesitan de nuevo nombramiento ni posesión.

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará al capítulo 66, artículo 497 del preuspuesto vigente. Comuníquese y publíquese.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 330 de 1939