Micelio

Artículo 31

Ley 36 de 1977 · sobre Presupuesto de Ingresos y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1978.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si en cualquier mes del ejercicio el Director o Gerente estimare justificadamente que el total real de las entradas del año puede ser inferior al total real de los gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos, pedirá a la Junta o Consejo Directivo que tome las medidas conducentes a reducir el programa de gastos o que se aplace la ejecución del total o parte de los gastos no indispensables para la buena marcha de la entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 36 de 1977