Artículo segundo. Como homenaje a su memoria, ordénase erigir, en Pesca, ciudad natal del ilustre desaparecido, y en lote de terreno que aportará el Municipio, un monumento consistente en un edificio donde funcionarán la Biblioteca Pública y un Salón Cultural que se denominarán "Centro Cultural Manuel Castro Bayona", y cuya organización y administración estarán al cuidado de la Nación.
El Salón Cultural estará destinado a exaltar y cultivar los símbolos patrios, a rendir culto a los próceres de la Independencia y a los colombianos y boyacenses cuyos méritos y servicios sirvan de ejemplo a las juventudes.