Micelio

Artículo 1

Créase En El Ministerio De Relaciones Exteriores Un Comité De Inmigración Y Colonización, El Cual Estará Formado Por Dos Representantes Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Por Dos Representantes Del Ministerio De La Economía Nacional, Por Un Representante Del Ministerio De Gobierno, Por Un Representante Del Banco Agrícola Hipotecario Y Por Un Representante De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero

Decreto 596 de 1939 · Por el cual se crea un Comité de Inmigración y Colonización, y se fijan algunas funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Créase en el Ministerio de Relaciones Exteriores un Comité de Inmigración y Colonización, el cual estará formado por dos representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, por dos representantes del Ministerio de la Economía Nacional, por un representante del Ministerio de Gobierno, por un representante del Banco Agrícola Hipotecario y por un representante de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero. El mencionado Comité será presidido por el Ministro de Relaciones Exteriores o la persona que éste designe y actuará como Secretario de él, el Oficial Segundo del Departamento Consular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 596 de 1939