° Cuando un seguro sobre el flete no contuviere estipulación sobre si el seguro se refiere al total o a una parte de él, se considerará asegurado el flete total.
Cuando no se espresare si se asegura el flete total o el flete neto, si se considerará asegurado el flete total.
° Cuando se haya asegurado el flete neto se considerará, a falta de estipulación en contrario, que asciende a dos terceras partes del flete total.
° Cuando se haya asegurado en una cantidad el flete del viaje de ida i proporcion constituye el flete de regreso, i no se hubiere estipulado qué proporcion constituye el flete de regreso, se considerará como flete de ida la tercera parte del flete total, i como flete de regreso las dos terceras partes restantes.