°. El arancel establecido en el artículo 1° no se aplicará a las importaciones de leche de la partida arancelaria 04.02 que se hubieren embarcado hacia Colombia con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.
Decreto 4432 de 2004 →Vigente
Artículo 3
El Arancel Establecido En El Artículo 1° No Se Aplicará A Las Importaciones De Leche De La Partida Arancelaria 04
Decreto 4432 de 2004 · por el cual se modifica temporalmente el arancel para la leche establecido en el Decreto 4341 de 2004.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.