Micelio

Artículo 14

Decreto 18640820 de 1864 · Adicional al de 14 de agosto de 1863 en ejecución de la ley 3ª parte 5ª tratado 1º de la Recopilación Granadina, sobre explotación de bosques nacionales

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 14. Los Administradores de bosques nacionales gozarán de la asignación de un 5 por 100 sobre las cantidades que recauden por derechos de esplotacion, deducible de las mismas cantidades ; siendo de su cargo los gastos de local i de escritorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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