Micelio

Artículo 30

El Rector O Director General De La Universidad Conocerá De Los Recursos De Apelación Que Se Interpongan Contra Las Providencias O Actos Que Dicten En El Ejercicio De Las Funciones Que Expresamente Se Les Haya Asignado A Los Jefes De Las Dependencias De La Universidad

Decreto 1931 de 1979 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Universidad Pedagógica Nacional de Bogotá

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Rector o Director General de la Universidad conocerá de los recursos de apelación que se interpongan contra las providencias o actos que dicten en el ejercicio de las funciones que expresamente se les haya asignado a los jefes de las dependencias de la Universidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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