Micelio

Artículo 3

º

Decreto 3080 de 1954 · Por el cual se crea el Consejo Nacional de Economía

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Será requisito indispensable para la aprobación de préstamos externos a cargo de la Nación que haya un concepto favorable rendido por el "Consejo Nacional de Economía". Este requisito es también indispensable en los casos en que la Nación afiance préstamos externos. El concepto del Consejo debe basarse en un estudio técnico, en el cual se examinará cada préstamo propuesto en relación con el programa de inversiones del país, con la balanza de pagos internacionales y con la situación financiera de la entidad que se propone tomar el préstamo. Suprímense, con respecto a la deuda pública externa, las funciones hasta ahora asignadas a la Junta Nacional de Empréstitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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