Micelio

Artículo 4

Las Escrituras De Traspaso Serán Suscritas A Nombre De La Nación Por El Ministerio De Minas Y Petróleos

Decreto 210 de 1957 · Por el cual se autoriza el traspaso de unos bienes de la Nación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las escrituras de traspaso serán suscritas a nombre de la Nación por el Ministerio de Minas y Petróleos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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