°. El optómetra que ejerza la profesión requerirá de su tarjeta profesional. Los profesionales que a la fecha de la promulgación de la ley de optometría ostentaren solamente el registro profesional vigente, para optar por la tarjeta profesional, deberán actualizar y acreditar la nivelación correspondiente y así poder prestar los servicios en la misma forma y con el mismo alcance en que lo hacen los nuevos profesionales.
Decreto 1340 de 1998 →Vigente
Artículo 1
El Optómetra Que Ejerza La Profesión Requerirá De Su Tarjeta Profesional
Decreto 1340 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 372 del 28 de mayo de 1997.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.