Comisiones para el inventario de bienes muebles e inmuebles en el sector educativo. En el sector educativo, durante el período de transición, con el objeto de esclarecer el proceso de entrega de bienes muebles e inmuebles por parte de la Nación a los entes territoriales, el Ministerio de Educación Nacional creará comisiones compuestas por delegados del Ministerio y de los entes territoriales, las cuales se encargarán de hacer el inventario de los bienes a transferir y de la situación jurídica en que se encuentran. El Ministerio de Educación Nacional establecerá el cronograma de actividades para la operatividad de estas comisiones. Los funcionarios de los Departamentos, Distritos y Municipios que no proporcionen la información necesaria para cumplir con este cronograma, incurrirán en causal de mala conducta y serán objeto de las sanciones del caso.
La Nación podrá hacer entrega de los bienes muebles que en la actualidad son utilizados por las entidades territoriales para el desarrollo de programas educativos, previo inventario de los mismos y mediante acta suscrita para el efecto, siempre y cuando se acredite que cuentan con la infraestructura adecuada y suficiente para la administración y utilización de estos bienes.