Límite a la interrupción de la audiencia. Las audiencias en juicios en que interviene el jurado, no podrán interrumpirse por lapsos mayores de dos días.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Límite a la interrupción de la audiencia. Las audiencias en juicios en que interviene el jurado, no podrán interrumpirse por lapsos mayores de dos días.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.