Articulo 27. El Consejo Superior al determinar la estructura orgánica de la Universidad, podrá crear la Vicerrectoría Académica, la Vicerrectoría Administrativa, otras Vicerrectorias, y las Oficinas Jurídica y de Planeación.
Decreto 3190 de 1981 →Vigente
Artículo 27
El Consejo Superior Al Determinar La Estructura Orgánica De La Universidad, Podrá Crear La Vicerrectoría Académica, La Vicerrectoría Administrativa, Otras Vicerrectorias, Y Las Oficinas Jurídica Y De Planeación
Decreto 3190 de 1981 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 065 de 1981, expedido por el Consejo Superior sobre adopción del Estatuto General de la Universidad Industrial de Santander
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.