Micelio

Artículo 20

Criterios Para La Administración O Inversión De Los Activos A Que Se Refiere El Presente Decreto

Decreto 648 de 2001 · por el cual se reglamenta la inversión de los excedentes de liquidez de las empresas industriales y comerciales del Estado y de las sociedades de economía mixta con régimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Criterios para la administración o inversión de los activos a que se refiere el presente decreto . Para realizar las operaciones de que trata el presente decreto, las entidades deberán como mínimo, formular y aplicar políticas relacionadas con

a)

Planeación financiera;

b)

Manejo de cuentas corrientes y de ahorros, recaudos y pagos;

c)

Riesgo;

d)

Rentabilidad;

e)

Liquidez, y

f)

Estructura de portafolios. Las juntas o consejos directivos de las entidades son las responsables de la adopción y actualización permanente de las políticas a que se refiere el presente decreto. Dichas políticas deberán constar por escrito mediante acta aprobada, a la cual deberán anexarse los documentos soporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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