Micelio

Artículo 5

º

Decreto 1538 de 1999 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 3ª , de 1991 en relacióncon el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero para áreas urbanas y la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las cajas de compensación familiar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Construcción en sitio propio. Podrán desarrollar proyectos de construcción en sitio propio, con fines de obtener el subsidio familiar de vivienda para sus asociados, afiliados o vinculados las organizaciones populares de vivienda, las organizaciones no gubernamentales, los fondos municipales, distritales o departamentales de vivienda, las entidades territoriales u otras entidades con personería jurídica vigente que tengan incluido en su objeto social la promoción y el desarrollo de programas de vivienda de interés social. Estos proyectos se ejecutarán de acuerdo con las normas establecidas en el artículo 19 del Decreto 824 de 1999. Los proyectos se realizarán con base en lotes individuales, loteos o en divisiones de propiedad horizontal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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