Micelio

Artículo 38

Pagarán En Estampillas El Dos Por Ciento De Su Valor Las Diligencias O Actas De Posesión De Los Empleados Públicos Que Gocen De Sueldo Fijo, O De Los Que Tengan Sueldo Fijo Y Eventual, Y Por Esta Circunstancia Sólo Deban Pagar Por El Primero

Decreto 894 de 1915 · Orgánico del impuesto de papel sellado y timbre nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Pagarán en estampillas el dos por ciento de su valor las diligencias o actas de posesión de los empleados públicos que gocen de sueldo fijo, o de los que tengan sueldo fijo y eventual, y por esta circunstancia sólo deban pagar por el primero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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