Micelio

Artículo 1

º

Decreto 2968 de 1997 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1706 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Modifícase el inciso segundo del artículo 6º del Decreto 1706 de 1992, el cual quedará así: "La introducción de mercancías extranjeras al resto del territorio nacional por viajeros solo causará un gravamen único del 12% ad valorem, el cual se liquidará al viajero por el vendedor. Estas mercancías deberán ser destinadas al uso personal del viajero y por lo tanto no podrán ser comercializadas".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2968 de 1997