Micelio

Artículo 12

Personal De Tesorería

Decreto 1001 de 1988 · por el cual se reglamentan las Leyes 78 de 1986 y 49 de 1987, sobre elección popular de Alcaldes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Personal de Tesorería. A partir del 1° de junio de 1988, los Alcaldes nombrarán y removerán libremente a los Tesoreros y a los empleados subalternos de la Tesorería Municipal. Los Alcaldes dispondrán lo correspondiente para incorporar y asimilar el personal de la Tesorería a la planta de personal de la Alcaldía, conforme a lo establecido en los artículos 288 y 289 del Código de Régimen Municipal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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