La Comisión Interparlamentaria Permanente de Vigilancia de las Obras Públicas rendirá cada año un informe escrito al Congreso Nacional, el cual deberá comprender los siguientes datos para cada obra:
Existencia de estudios, planos y presupuestos completos.
Avances realizados durante el año y costos de los mismos, comparados con lo previsto en los presupuestos.
Causas de los costos exagerados si se hubieren registrado, y concepto sobre la eficacia y economía de la administración.
Obras cuya ejecución se haya solicitado suspender, y razones de la solicitud.