Micelio

Artículo 2

Departamento De Instrucción Pública

Ley 16 de 1888 · por la cual se legalizan varios créditos extraordinarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.º Legalízase el crédito extraordinario abierto por el Gobierno al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1887 y 1888 por decreto número 773, de 26 de Noviembre de 1887, en esta forma:

Departamento de Instrucción pública.

66.

Gastos generales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 16 de 1888