° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Capítulo 31. Del artículo 278. Para sueldos del personal de la Policía Fiscal de Aduanas, en el año $ 78.265.00 Capítulo 38. Del artículo 416. Para atender al servicio de amortizaciones ordinarias y extraordinarias, intereses, comisiones y demás gastos de los Bonos de Defensa Económica Nacional, autorizados por la Ley 45 de 1912 53.185.00 Suman los contracréditos $ 131.450.00 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Capítulo 9° Al artículo 115. Para atender al pago de viáticos y gastos de representación de delegaciones a congresos, conferencias y reuniones internacionales, en el año 21.560.00 Al artículo 116. Para viáticos del personal diplomático, en el año 29.890.00 51.450.00 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Capítulo 32. Al artículo 298. Para pago de arrendamiento de locales con destino a las oficinas del ramo de Hacienda Nacional, en el año 30.000.00 MINISTERIO DE HIGIENE Capítulo 54 . Al artículo 705. Para establecer, sostener y auxiliar dispensarios antituberculosos, hospitales, sanatorios y demás gastos de la campaña, en cumplimiento de la Ley 27 de 1947, en el año 50.000.00 Suman los créditos $ 131.450.00
Decreto 2132 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Capítulo 31
Decreto 2132 de 1949 · Por el cual se hacen unos traslados dentro de la Ley de Apropiaciones vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.