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Artículo 1

Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1970, Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Salud Publica Capítulo 231 Ministerio De Salud Pública Programa 251 Dirección Superior Transferencias: 203, 351, 411

Decreto 2485 de 1970 · Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Salud Pública), por $ 3.403.000.00

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El texto del artículo

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° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1970, PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Capítulo 231 Ministerio de Salud Pública Programa 251 Dirección Superior Transferencias: 203, 351, 411. Artículo 2320. Para programas de Emergencia Sanitaria, $3.403.000.00. Que se distribuye así: Ordinal 3. Servicio Seccional de Salud, de Antioquia 300.000.00 Ordinal 4. Servicio Seccional de Salud de Bolívar 200.000.00 Ordinal 5. Servicio Seccional de Salud del Magdalena 2.000.000.00 Ordinal 6. Servicio Seccional de Salud de Sucre 200.000.00 Ordinal 7. Servicio Seccional de Salud de Caldas 300.000.00 Ordinal 8. Servicio Seccional de Salud del Chocó 300.000.00 Ordinal 9. Servicio Seccional de Salud del Valle, con destino al Hospital de Jamundí 103.000.00 Total $ 3.403.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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