Micelio

Artículo 1

Decreto 3300 de 1959 · Por el cual se modifica el Decreto número 1329 de 1958, en lo que concierne a exámenes, calificaciones y pérdida de cursos en establecimientos de educación secundaria, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Se considerará que los alumnos de los establecimientos de educación secundaria han aprobado curso cuando en los exámenes finales, computadas las previas del caso, obtengan en todas y cada una de las asignaturas una calificación mínima de tres(3).

Parágrafo

Las calificaciones se impondrán de cero (0) a cinco (5), según la escala acostumbrada y de acuerdo con los porcentajes establecidos; pero cuando al hacer la liquidación final de las notas obtenidas, una asignatura resultare con calificación dedos noventa y cinco (2.95) o más, y con ella hubiere pérdida de curso en los términos que se definen adelante, esa calificación se elevará a tres (3), a fin de dar al alumno la oportunidad de presentar exámenes de habilitación conforme se establece en esta mismo Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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