Evaluación de los deportistas inscritos en la Convocatoria. La Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo del Ministerio del Deporte validará el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2.14.2.3 del presente Decreto y corroborará la participación de cada uno de los deportistas inscritos en la convocatoria en los eventos deportivos mencionados en el artículo anterior. Parágrafo. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de que trata el artículo 2.14.2.3 del presente Decreto, la Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo del Ministerio del Deporte, emitirá un concepto en el que conste la evaluación de los deportistas postulados a partir de criterios técnicos, tales como los logros deportivos, los reconocimientos y las figuraciones en los distintos torneos nacionales e internacionales; y de criterios de desarrollo psicosocial, tales como sus méritos académicos. El Ministerio del Deporte reglamentará el sistema de puntuación de los deportistas de conformidad a los criterios definidos en el presente artículo.
TEXTO CORRESPONDIENTE A