Micelio

Artículo 1

El Artículo 1° Del Decreto-Ley 848 De 1990, Quedará Así: “ Vigilancia Privada

Decreto 1195 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto-ley 848 del 23 de abril de 1990 “Estatuto de Vigilancia Privada”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El artículo 1° del Decreto-ley 848 de 1990, quedará así: “ Vigilancia privada . Para los efectos del presente Decreto se entiende por vigilancia privada, la prestación remunerada de servicios de vigilancia con armas, para dar protección a personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, a bienes muebles e inmuebles, para escoltar a personas, vehículos y transporte de mercancías, y transportar valores”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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