Micelio

Artículo 5

Ley 41 de 1892 · Por la cual se definen las incompatibilidades que comprenden a los miembros del Congreso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5. ° El año comprensivo de incompatibilidades, adicional al periodo "de las funciones" de los miembros del Congreso de que habla el artículo 109 de la Constitución, empieza a contarse desde que termine el ejercicio efectivo de dichas funciones, esto es, desde el día en que se cierre la última legislatura ordinaria o extraordinaria del periodo parlamentario respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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