Artículo cuarto. La orientación y vigilancia de las actividades de la Cruz Roja Juvenil Colombiana, y el cumplimiento del presente Decreto quedan a cargo del Ministerio de Educación de los Directores Departamentales de Educación y de los Inspectores Nacionales y Departamentales de Educación y de los ración con las entidades directivas de la Cruz Rojas Nacional.
Decreto 2546 de 1951 →Vigente
Artículo 4
Decreto 2546 de 1951 · Por el cual se reglamenta el artículo 5º de la Ley 49 de 1948 sobre establecimiento de la Cruz Roja Juvenil en el país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.