º El Rector del Instituto Técnico Nacional de Comercio "Simón Rodríguez" podrá distribuir el personal en los cargos creados en el presente Acuerdo mediante acto administrativo, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, los planes y programas trazados por la Entidad.
Artículo 2
º El Rector Del Instituto Técnico Nacional De Comercio "simón Rodríguez" Podrá Distribuir El Personal En Los Cargos Creados En El Presente Acuerdo Mediante Acto Administrativo, Teniendo En Cuenta Las Necesidades Del Servicio, Los Planes Y Programas Trazados Por La Entidad
Decreto 241 de 1994 · por el cual se aprueba el Decreto 67 del 6 de agosto de 1993, expedido por el Consejo Superior del Instituto Técnico Nacional de Comercio Simón Rodríguez de Cali, sobre adopción de la Planta de personal Administrativo de dicha Institución
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.