Micelio

Artículo 51

Las Cooperativas Agropecuarias Podrán Asociarse En Entidades Cooperativas De Grado Superior Con El Fin De Obtener La Coordinación De Recursos Y Objetivos Y Una Mejor Realización De Los Fines Que Les Corresponde Conforme Al Artículo 3°

Decreto 461 de 1969 · Por el cual se aprueba el estatuto que reglamenta las características y funcionamiento de las Cooperativas de la Reforma Agraria

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las cooperativas agropecuarias podrán asociarse en entidades cooperativas de grado superior con el fin de obtener la coordinación de recursos y objetivos y una mejor realización de los fines que les corresponde conforme al artículo 3°.del presente reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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