El Patrullero de Policía que haya sido sancionado disciplinariamente tres (3) o más veces en los últimos cinco (5) años, por faltas graves o leves dolosas o por ambas, las cuales se encuentren ejecutoriadas, será retirado del servicio activo y no podrá volver a pertenecer a la Policía Nacional.
Lo anterior, en el marco de la inhabilidad prevista por la Ley disciplinaria.