Micelio

Artículo 2

Ley 52 de 1941 · Por la cual se dispone la construcción de un hotel de turismo en la ciudad de Silvia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la construcción a que se refiere el artículo anterior, destínase la suma de sesenta mil pesos ($ 60.000), que debe apropiarse, por iguales partes, en dos anualidades consecutivas. Dicha construcción será contratada con el Departamento del Cauca o realizada directamente por el Ministerio de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 52 de 1941