º . Secretaría General. La Secretaría General cumplirá además de las funciones previstas en el Estatuto General, las siguientes
Actuar como secretaría de los Consejos Directivo y Académico, certificar sus actos, manejar y custodiar sus archivos;
Conservar y actualizar los títulos de los bienes inmuebles propiedad del Instituto;
Asistir a la Rectoría en los asuntos de orden jurídico y elaborar o revisar los actos administrativos correspondientes;
Dirigir y controlar los procesos administrativos y financieros de la Institución en todos los niveles;
Asesorar al Rector en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de recursos humanos, físicos, económicos y financieros de la entidad;
Coordinar y programar las actividades de administración de personal, seguridad industrial y relaciones laborales del personal, de acuerdo con las políticas de la entidad y las demás normas legales vigentes establecidas sobre la materia;
Coordinar y controlar la adecuada prestación de los servicios generales para el correcto funcionamiento del Instituto;
Coordinar la administración de los recursos físicos del Instituto y velar por su conservación y seguridad;
Coordinar y controlar las actividades financieras y efectuar las relaciones con adquisiciones, almacén y servicios generales del Instituto;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. CAPITULO III ORGANOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN