LOS INTERESES SOBRE DEUDA EXTERNA PAGADOS POR LA NACIÓN NO ESTÁN SOMETIDOS A RETENCIÓN. El pago por la Nación y demás entidades de derecho público del principal, intereses, comisiones y demás gastos correspondientes a empréstitos y títulos de deuda externa, no están sujetos a retención en la fuente.
Decreto 624 de 1989 →Vigente
Artículo 416
Decreto 624 de 1989 · Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales.
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia