Micelio

Artículo 4

Decreto 1851 de 1947 · por el cual se crea y organiza el Instituto de Higiene Social de Bucaramanga, encargado de efectuar la campaña antivenérea.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. El Instituto de Higiene Social de Bucaramanga funcionará en el edificio que fue construido para tal fin por el Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública y el Departamento de Santander. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1851 de 1947